CLASE A
Con la licencia de la clase A podremos conducir ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados. Hay varias subclases:
- A.1: Ciclomotores de hasta 500cc.
- A.2.: Motocicletas, Triciclos y Cuatriciclos de entre 50 y 150 cc.
- A.2.1: Motocicletas, Triciclos y Cuatriciclos hasta 150 cc.
- A.2.2: Motocicletas, Triciclos y Cuatriciclos de más de 150 cc y hasta 300 cc.
- A.3: Motocicletas, Triciclos y Cuatriciclos de más de 300 cc.
- A.4: Ciclomotores, Motocicletas, Triciclos y Cuatriciclos de cualquier cilindrada que sean utilizados para el transporte de toda actividad comercial e industrial.
CLASE B
Con esta licencia pueden conducirse automóviles y camionetas con acoplado de hasta 750 kilogramos de peso o casa rodante:
- B1: Automóviles, utilitarios, camionetas y casas rodantes motorizadas hasta 3,500Kg. de peso total.
- B2: Automóviles y camionetas hasta 3.500Kg. de peso con un acoplado de hasta 750Kg o casa rodante no motorizada.
CLASE C
Camiones sin acoplado ni semiacoplado y casas rodantes motorizadas de más de 3.500 kg de peso y los automotores comprendidos en la clase B.1.
CLASE D
Esta licencia es válida para conducir vehículos destinados al servicio del transporte de pasajeros, emergencia, seguridad y los de la clase B o C, según el caso. Pueden ser de las siguientes subclases:
- D.1: Automotores del servicio de transporte de pasajeros de hasta 8 plazas y los comprendidos en la clase B.1.
- D.2: Vehículos del servicio de transporte de más de 8 pasajeros y los de las clases B, C y D.1.
- D.3: Servicios de urgencia, emergencia y similares.
CLASE E
Para conducir camiones articulados o con acoplado, maquinaria especial no agrícola y los comprendidos en la clase B y C.
- E.1: Camiones articulados y/o con acoplado y los vehículos comprendidos en las clases B y C.
- E.2: Maquinaria especial no agrícola.
- E.3: Vehículos afectados al transporte de cargas peligrosas.
CLASE F
Permite manejar los vehículos especialmente adaptados para discapacitados: automotores incluidos en las clases B y profesionales, según el caso, con la descripción de la adaptación que corresponda a la discapacidad de su titular.
CLASE G
- G.1: Tractores agrícolas.
- G.2: Maquinaria especial agrícola.